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El Soborno, el profesional de seguridad y la Función de cumplimiento

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El Soborno, el profesional de seguridad.

El fenómeno de la corrupción produce daño a las sociedades e impide su desarrollo. La coyuntura latinoamericana sobre este aspecto ha desnudado un secreto a voces. La corrupción en las organizaciones públicas y privadas ha estado, está y posiblemente –con desánimo- estará presente siempre. Es un cáncer que no puede ser exterminado completamente.

El Índice de Percepción sobre la corrupción, elaborado por Transparencia Internacional expone la incapacidad de la mayoría de países por controlar la corrupción en todo el mundo. Este reporte considera información del sector público de 180 países asignándole una calificación desde 0 hasta 100, siendo el país con mayor calificación el menos corrupto. Así tenemos a Dinamarca, Nueva Zelanda, Finlandia, Canadá y Estados Unidos con calificaciones de 88, 87, 85, 81 y 71 respectivamente como los países con menos tolerancia a la corrupción. Por su parte, algunos países de Latinoamérica como Chile, Argentina, Colombia, Brasil, Perú, Ecuador y Bolivia obtienen 67, 40, 36, 35, 35, 34 y 29 respectivamente. Después de Chile, estamos de mitad de la tabla hacia abajo. Triste realidad.

Entre tanto Venezuela, Sudan y Somalia registran una calificación de 18, 16 y 10 respectivamente como los países más corruptos dentro de esta evaluación.

El sector privado no se queda atrás, una reciente evaluación efectuada por la Universidad del Pacifico y Naciones Unidas señalan que de cada 2 empresarios, uno de ellos estaría dispuesto a pagar u ofrecer un soborno para mantener o hacer negocios.

¿Cómo hacer frente a esta situación?

En el año 2016, se oficializó la norma ISO 37001:2016 Sistema de Gestión Anti soborno que busca prevenir, actuar y responde ante casos de sobornos en las organizaciones, públicas o privadas. Algunos países de la región han incorporado en su legislación sanciones penales para representantes de empresas privadas.

Las organizaciones privadas han iniciado acciones con miras a implementar Sistemas de Gestión Antisoborno para prevenir que estos eventos los impacte financiera y reputacionalmente de forma negativa, sin embargo dentro de estos Sistemas existe la función del Oficial de Cumplimiento quien debe diligenciar adecuadamente el Sistema implementado para a) Prevenir, b) Detectar y c) Responder ante un hecho de soborno.

  • ¿Quién debe asumir la función de Oficial de Cumplimiento en una organización y que características debe poseer?

El oficial de Cumplimiento debe tener autoridad, independencia y línea de reporte directa a la más alta autoridad de la organización u órgano de gobierno. Aunque se piensa que esta función preferentemente la pueden ejercer los profesionales con estudios en derecho, creemos que además se abre una gran posibilidad para otros profesionales que cuenten con sólidos principios éticos, dispuesto a ganarse gratuitamente miradas incomodas y sobre todo una gran habilidad para investigar.

El profesional de seguridad en las organizaciones puede asumir este rol con éxito. Se abren nuevas posibilidades y desafíos para los profesionales de la seguridad y gestión de riesgos. Comprender la legislación y los controles de estos sistemas, sin duda ayudará a las organizaciones para ver en el profesional de seguridad un aliado importante para la prevención de delitos de soborno y lavado de activos. Sobre todo, ayudar a la organización a su desarrollo y sostenimiento en el tiempo, la coyuntura así lo demanda.

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Moises Acevedo

Security Manager & Compliance Officer

Iron Mountain Peru S.A

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